- Sólo se podrá usar en el futuro el nuevo nombre o apellidos.
- El cambio de apellido no se hace extensivo a los padres.
- No altera la filiación, es decir, el vínculo jurídico que une a una persona con sus progenitores
El cambio de nombre afectará a los descendientes sujetos a patria potestad y a los que consientan en ello.