- Informes médicos e Informe emitido por el Instituto Médico Legal
- Informe del Defensor/a Público, funcionario/a auxiliar de la justicia, que opina sobre la procedencia de la interdicción y sobre la persona del curador
- Inspección del presunto interdicto por el Juez
- Audiencia con el Juez donde deben comparecer los parientes del demandado/a.
- Se declara la Interdicción Definitiva del demando, quien queda desde entonces privado de la libre administración de sus bienes
- Se ordena la inscripción del decreto de interdicción en el Registro del Conservador de Bienes Raíces
- Se ordena notificar por avisos, y se designa a la persona curadora del interdicto.